Se
deben considerar el conocimiento que se tenga sobre el ambiente fiscal, la
forma jurídica más adecuada para operar, evaluación de las tarifas impositivas,
la previsión de tributos por sus respectivas toma de decisiones, y por último
las evaluaciones de carácter cuantitativo y cualitativo con el fin de medir el
riesgo fiscal, organización de la información y la logística de la
planificación.
Medición
del Riesgo Tributario:
El
proceso de la planificación tributaria, siempre partirá por la medición del
riesgo tributario, el riesgo tributario es el peligro contingente de daño,
ocasionando al sujeto pasivo del tributo, como consecuencia de:
- Presión tributaria.
- El incumplimiento de sus obligaciones impositivas.
- Las consecuencias de sus propias decisiones económicas.
Este
riesgo tributario se clasifica de dos formas bien claras riesgo objetivo y
riesgo subjetivo.
1)
Riesgo objetivo:
Es el
grado contingente de daño patrimonial, al sujeto pasivo del tributo, en vista
del efecto de las obligaciones tributarias.
2)
Riesgo Subjetivo:
Es el
grado contingente de daño patrimonial, al sujeto pasivo del tributo, en vista
del efecto tributario de sus propias decisiones.
Conocer
los riesgos tributarios es un aspecto que permite la evaluación, corrección y
mejora en la toma de decisiones al momento de planificar ya que permite
considerar aspectos con mayor precisión a la hora de obtener los resultados.
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